Micelio
Auto22 de mayo de 2014

A- de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Luis Esmeldy Patiño Lopez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad Frente Al Codigo Nacional De Transito Terrestre
  • Rechazar recurso de súplica por falta de suficiencia
  • Recurso de súplica
Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Requisitos
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Accion De Inconstitucionalidad
  • Derecho político de todo ciudadano
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica contra el auto del 25 de abril de 2014, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad de la referencia, por no estarse en presencia de un debate de naturaleza constitucional, toda vez que el demandante no sustentó la presunta vulneración al principio de unidad de materia, sino que expuso la diferencia gramatical entre circulación e inmovilidad.

Al encontrar que el actor no expresó con suficiencia, ni en la demanda ni en el escrito de corrección, las razones por las cuales estimó que la disposición acusada desconocía la reserva de ley estatutaria, la Sala Plena de la Corporación decidió CONFIRMAR el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el Auto del veinticinco (25) de abril de dos mil catorce (2014), proferido por el Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, dentro del expediente D-10073, mediante el cual rechazo la demanda presentada por Luis Esmeldy Patino Lopez contra la Ley 769 de 2002.
  2. SEGUNDO. COMUNIQUESE la presente providencia al peticionario, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.